CAPITULO TERCERO
DE LOS TENIENTES POLITICOS
Art. 8.- En cada parroquia el Teniente Político representará al régimen político y administrativo
de la Función Ejecutiva que será designado por el Gobernador y posesionado por el Jefe Político
correspondiente.
Los requisitos impedimentos, e inhabilidades serán los contemplados en el Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y la ley. Los tenientes políticos previo a su
nombramiento acreditará estudios de nivel superior en ciencias jurídicas, políticas, sociales o
similares.
Art. 9.- Son atribuciones del Teniente Político:
1. Ejercer en su jurisdicción las facultades del Jefe Político.
2. Presentar al Gobernador hasta el 30 de mayo de cada año un resumen de sus actuaciones.
3. Cumplir todas las órdenes que emanen de los jefes políticos y más superiores jerárquicos.
4. Coordinar el plan de desarrollo parroquial, receptando y canalizando las necesidades de la
parroquia.
5. Coordinar los operativos de control de la delincuencia con la fuerza pública.
6. Otorgar guías de movilización de semovientes y llevar el registro de razas y hierros.
7. Controlar el desarrollo de espectáculos públicos en los parques de diversión y juegos
mecánicos.
8. Ejercer el control para evitar la especulación con apoyo de la fuerza pública, por delegación
del Intendente de Policía.
9. Ejercer el control del cumplimiento de los permisos anuales de funcionamiento en los
establecimientos de la parroquia e informar periódicamente al Gobernador.
10. Conferir autorización para la movilización o traslado de bienes y enseres.
11 Impedir con el empleo de la Policía Nacional la pesca ilegal o en períodos de veda.
12. Realizar el cambio de cabildos en las comunidades y recintos; y, presidir las asambleas
generales comunitarias dentro de su parroquia por delegación del Jefe Político.
13. Apoyar al Tribunal Electoral en los procesos electorales.
14. Receptar denuncias por violación a los derechos humanos, y canalizar hacia las autoridades
competentes.
15. Informar oportunamente al Jefe Político del cantón sobre la producción de conflictos sociales
o culturales en las comunidades y recintos.
16. Otorgar certificados de residencia a los ciudadanos domiciliados en la parroquia.
17. Informar a la autoridad competente sobre el cometimiento de infracciones penales.
18. Cumplir las disposiciones emanadas de la autoridad superior.
19. Ejercer jurisdicción y competencia en los lugares donde no existan comisarías de la Mujer y
la Familia, en aplicación de la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia.
20. Apoyar las actividades propias de la función del Presidente de la Junta Parroquial.
21. Ejercer las demás atribuciones contempladas en la Constitución y las leyes.
viernes, 4 de mayo de 2018
martes, 27 de marzo de 2018
EL PAWKAR RAYMI
ANTECEDENTES.- Desde el año 2003 comienza el rescate cultural de una de las festividades milenarias como producto de alguna investigación sociopolitico y el nacimiento de la primera fiesta del Pawkar, se inicia en la parroquia de San Lucas en el año 2003 con la directiva provisional de la Unión de Comunidades y Organizaciones de San Lucas, UCOR-SAYTA, una de sus primeras actividades fue impulsar esta festividad milenaria, sin mirar los recursos que contaban en aquel entonces sus directivos que lo encabezaba: Orlando Patiño y Segundo Abel Quizhpe y el apoyo total y decidido desde la iglesia con el reverendo Efraín Sarango, siendo sus pioneros en revivirla fiesta; pese a que ya existia la Junta Parroquial niguna autoridad apoyo en la primera fiesta; la minga de amigos que prestaban servicios en las diversas entidades fueron los aportes en productos y premios e incentivos a los participantes.
ÑUSTAS PAWKAR 2003
PRIMER DESFILE CIVICO
PRIMERA EXPOFERIA PAWKAR RAYMI 2013
A partir del año 2005 con la presidencia del Segundo Abel Quizhpe, en la Junta Parroquial de San Lucas, se programa la primera fiesta oficial desde un ente Gubernamental, con $. 8.000 dólares de presupuesto de la Junta Parroquial para gastos corrientes e inversión y con alcotas trimestrales se afronto los gastos, mediante gestión y la colaboración de los vocales:
PREGÓN Y DRAMATIZACIÓN CULTURAL
Se efectúa la primera expoferia pecuaria con la participación de ganaderos de la parroquia y la colaboración de la Asociación de Ganaderos de Loja, en donde se realizaba una balance con el ejemplar de cruce y el ganado criollo.
La expoferia agrícola, artesanal y comida típica del lugar.
Las candidatas a Pawkar Raymi 2015
ÑUSTA PAWKAR RAYMI 2005 Y SU CORTE DE HONOR
Izquierda a derecha: Sisa Andrade,Rocio Guamán y Norma Gualán
El desfile cívico y la sesión solemne 2005.
El almuerzo con autoridades e invitados 2005.Autores de Fografias: Julio Gumán y Segundo Abel Quizhpe.
lunes, 5 de marzo de 2018
REGLAMENTO DE FIESTA DEL PAWKAR RAYMI
REGLAMENTO DE PRESENTACIÓN DE COMPARSAS PARA EL PREGON Y DRAMATIZACIÓN.
CAPITULO I.
DE LA ORGANIZACIÓN Y OBJETIVOS:
Art. 1.- El evento del Pregón y Dramatización se realiza con la participación de las y los niños, jóvenes, adultos y ancianos de las comunas, comunidades, instituciones y organizaciones, en el marco de la Celebración del “PAWKAR RAYMI” 2018, la programación de dicho evento dará inicio a partir de las 15 horas en punto por efectos de coordinación los representantes estarán presentes desde las 14 h30 minutos.
Art. 2.- La organización del evento del "Pregón y Dramatización" está a cargo del GAD Parroquial de San Lucas, a través de la comisión que preside el señor Ing. Segundo Abel Quizhpe Cango, quienes planificaran y organizaran el evento.
Art. 3.- Difundir y rescatar los valores cultural del Pueblo Saraguro como parte de la vivencia cultural de los Pueblos Originarios en el Mundo Andino con activa participación de las instituciones públicas, privadas y comunitarias de la jurisdicción territorial de San Lucas.
CAPITULO II DE LOS PARTICIPANTES:
Art. 4.- Podrán participar comunidades, Centros Educativos, instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil.
Art. 5.- Las inscripciones se las receptarán en la secretaria de la GAD Parroquial, hasta una hora antes del inicio del pregón.
Art. 6.- Para inscribir los representes de las organizaciones presentaran los siguientes requisitos:
1. 2 Copias de Cédula y votación del representante que solicite la inscripción, nombre de la organización / institución y tema de participación.
CAPITULO lll DE LOS TEMAS:
Art. 7.- Para la participación en el pregón las instituciones y comunidades participaran con Temas que representen al pueblo Saranguro y/o Pueblos y Nacionalidades Indígenas del Ecuador, sus costumbres, sus trabajos, sus tradiciones, fiestas y ritualidades.
Art. 8.-La dramatización será el mismo tema que relaciona con la comparsa en vista que la calificación será la unión de la comparsa con la dramatización.
CAPITULO IV DE LA UBICACIÓN
Art. 9 La ubicación de los participantes se efectuará con cada uno de los representantes mediante sorteo es decir a las 14h45 minutos.
CAPITULO VDE LOS PARAMETROS DE CALIFICACIÓN.
Art. 10. La calificación en el pregón representa el 60% de la calificación global que obtiene cada comparsa, el 40% restante obtiene en la dramatización.
a) Pregón.
1. Puntualidad 2
2. Estructura 4
3. Uso de Atuendos 6
TOTAL = 12
b) Dramatización.
1. Habilidad e Ingenio para la comedia 2
2. Mensaje 2
3. Uso de Atuendos 2
4. Música 1
5. Tiempo 1
TOTAL = 8
Suman en total 20 puntos.
Art. 11.- El tiempo máximo de presentación en la dramatización es de 10 minutos.
CAPITULO V DEL JURADO CALIFICADOR
Art. 12.- El jurado estará integrado por tres miembros, los mismos que conocerán, de las costumbres y tradiciones
del Pueblo Kichwa Saraguro pudiendo ser el Director del Distrito de Educación Intercultural Bilingüe Número 8 o
su delegado, el Director de Cultura del GADMIS y el Alcalde o su delegado del Gobierno Autónomo descentralizado
Municipal Intercultural de Saraguro y no deberán tener vínculos con la comunidades de San Lucas, de forma
directa o indirecta.
Art. 13.- El veredicto del jurado calificador será inapelable. En caso de empate se realizará un sorteo entre los
finalistas en el momento de la calificación.
Art. 14.- El jurado calificador designará tres ganadores así: primero, segundo y tercer lugar quienes basados en
el Reglamento juzgaran y dictaran su resolución, harán conocer los resultados y certificaran del proceso de
presentación y participación en el evento.
CAPITULO VI DE LOS PREMIOS
Art. 15.- la asignación de premios corresponde del Presupuesto del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal de Loja cuyo trámite es: 6351-2018 de fecha 19 de febrero del 2018 cuya gestión la efectuó el
coordinador de la comisión del Pregón y dramatizaciones, presupuesto que corresponde al departamento de
obras públicas y que será entregados a los ganadores hasta el mes de junio cono fecha máxima, previo oficio con
requerimiento de inversión de los acreedores y máximo un mes de concluir la fiesta.
Art. 16.- Cada grupo participante recibirá un incentivo, excepto los ganadores.
Art. 17.- los premios se distribuyen de la siguiente manera:
Primer Premio: $. 800 USD
Segundo Premio: $.600 USD
Tercer premio: $. 400 USD
DISPOSICIÓN FINAL.
Cualquier inquietud con respecto a la organización, detalles, entre otras será solventado por el o los
responsables de la comisión.
Es dado y firmado por el responsable del evento hoy día 5 de marzo de 2018.
Ing. Segundo Abel Quizhpe Cango
RESPONSABLE DEL PREGON PAWKAR RAYMI 2018.
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